Con motivo del próximo feriado irrenunciable para los trabajadores del comercio, el próximo 1 de mayo, la Seremi del Trabajo y Previsión Social, Karen Medina, realizó un llamado a los empleadores y trabajadores del sector comercio y retail a respetar los descansos concedidos por ley para este domingo, que comienza a regir desde las 20 horas del sábado 30 de abril hasta las 07.30 horas del próximo lunes 2 de mayo.

La Seremi Karen Medina recordó a los empleadores la obligación de otorgar los descansos correspondientes a este 1 de mayo. Quienes no cumplan la normativa se arriesgarán a multas de hasta 60 UTM.Cabe recordar que el cumplimiento de la Ley 20.828 establece que los trabajadores del gran comercio como el retail, así como también del detallista, deben cerrar sus puertas este 1 de mayo, día que no podrá ser considerado como uno de los descansos semanales programados junto al empleador, normativa que obedece al compromiso cumplido por el mandato de la Presidenta Michelle Bachelet y que va en directo beneficio de los trabajadores y sus propias familias.

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Al respecto, la Seremi del Trabajo y Previsión Social, Karen Medina, reiteró que “para las trabajadoras y trabajadores del comercio, el 1 de mayo es un feriado obligatorio irrenunciable, lo que significa que ningún trabajador de establecimientos comerciales, del retail o supermercados puede cumplir funciones ese día, y por supuesto, ningún empleador puede obligarlo a cumplir su jornada porque es un feriado irrenunciable, y como tal, un día adicional de descanso; lo significa que se prohíbe contabilizarlos como el día de descanso de los trabajadores del comercio”, aseguró la autoridad laboral.

Fiscalización

Desde la Dirección del Trabajo, organismo que tendrá la labor de fiscalizar en terreno el cumplimiento de la normativa, su director regional, Jorge Andreucic, reiteró el llamado a los empleadores a cumplir con esta disposición, y a los trabajadores que se vean afectados por vulneraciones a sus derechos, a hacer las denuncias respectivas en las inspecciones provinciales de la entidad.

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“La ley es clara con respecto al feriado en esta fecha, pero también un llamado a los trabajadores, en el evento de que sean obligados a prestar servicios en el comercio durante esta fecha, puedan hacer las denuncias correspondientes. La Dirección del Trabajo va a fiscalizar, como todos los años, a través de rondas para verificar si se cumple la legislación laboral. Si existe un establecimiento de menor envergadura que sea atendido por sus propios dueños, es la única manera de que puedan funcionar”, agregó Andreucic, casos excepcionales que no están afectos a esta normativa, tal como ocurre con los restaurantes, pubs, discotecas, cines, servicentros y farmacias de turno, locales que están autorizados para abrir sus puertas durante este domingo.

Para los empleadores que no cumplan con otorgar el feriado irrenunciable a sus trabajadores, pueden arriesgar multas desde 10 a 60 UTM (actualmente entre $453.160 y $2.718.960), dependiendo del tamaño de la empresa y cantidad de trabajadores.