El SERNAC valoró el fallo emitido recientemente por la Corte Suprema que confirmó la condena a la empresa de Créditos Organización y Finanzas S.A. (COFISA), actual administradora de la tarjeta ABCDIN, a indemnizar a los consumidores que fueron mantenidos en los registros de DICOM, pese a que habían renegociado sus deudas.
Tras rechazar los recursos judiciales presentados por la empresa, el Máximo Tribunal del país confirmó que la empresa infringió la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC).
Hay que recordar que a principios de febrero de 2012, el SERNAC presentó una demanda colectiva en contra de COFISA por mantener en DICOM a un grupo de consumidores que habían repactado voluntariamente sus deudas.
La multitienda avalaba su actuar en un convenio de pago que le hacía firmar a los consumidores que aceptaban la repactación y/o renegociación de la deuda, donde se establecía que el firmante aceptaba que no sería eliminado de sus antecedentes comerciales y/o financieros hasta el pago de la última cuota. Esto quiere decir que aunque el consumidor renegociara su deuda, la empresa los mantenía en DICOM hasta que pagara la última cuota.
Además de las indemnizaciones para los consumidores afectados, la justicia declaró nulas aquellas cláusulas que le permitían a COFISA mantener en los registros de morosos a los consumidores que habían renegociado sus deudas, ordenó a la empresa eliminar de los registros de morosidades y protestos a los consumidores afectados y determinó el pago de una multa de 240 UTM, esto es, 11 millones de pesos, por haber infringido la LPC.
Derechos de los consumidores
El Director Nacional del SERNAC, Ernesto Muñoz, valoró la determinación de la justicia, agregando que se trató de una lucha judicial que se extendió por más de cuatro años.
“Cuando un consumidor repacta una deuda rigen nuevas condiciones y plazos, por lo que no se justifica que se mantenga al consumidor en ningún registro de morosidad, lo que ha quedado demostrado en esta decisión de la justicia y en otros que se han fallado recientemente”, enfatizó la autoridad.
Muñoz agregó que espera que el proyecto que fortalece la protección de los derechos de los consumidores que actualmente se tramita en el Senado sea prontamente aprobado, pues le permitirá al SERNAC, mediante las nuevas facultades, lograr soluciones adecuadas y oportunas para los consumidores cuando sus derechos sean vulnerados.
Indemnizaciones para los consumidores
Para determinar los montos de las indemnizaciones, el tribunal consideró dos grupos de consumidores afectados: aquellos usuarios que habían pagado o estaban en vías de pago de la deuda; y aquellos que todavía no lo hacían al momento de la presentación de la demanda del SERNAC.
Grupo consumidores que habían pagado toda la deuda o que se encontraban en vías de pago:
- 30 mil pesos para aquellos afectados no eliminados de los registros comerciales dentro de un período de hasta 24 meses anteriores a la presentación de la demanda.
- 22 mil pesos para los clientes afectados no eliminados en un período superior a 24 e inferior a 48 meses.
- 15 mil para los consumidores no eliminados en un período superior a 48 e inferior a 60 meses anteriores a la presentación de la demanda.
La justicia condenó a la empresa a pagar indemnizaciones a los consumidores afectados, a eliminar de los registros de morosidades y protestos a los usuarios, además de declarar nulas las cláusulas contractuales que le facultaban para tomar dicha determinación.Grupo de consumidores que no habían pagado la deuda o que se encontraban en vía de pago: Para este universo de consumidores, la justicia determinó una indemnización de tres mil pesos desde la fecha de la presentación de la demanda y hasta 60 meses anteriores.
Para saber si le corresponden indemnizaciones, los consumidores podrán informarse a través de publicaciones que deberá realizar la empresa en diversos medios de comunicación de alcance nacional, o llamando al call center del SERNAC, 600 594 6000, desde celulares marcando el 2 2594 6000.