La Corte Suprema dirimió la competencia entre la justicia civil y militar, entregando al Juzgado de Garantía de Valparaíso la tramitación del proceso abierto en contra de personal de Carabineros por lesiones provocada en mayo de 2015, en el marco de la represión de incidentes en la ciudad puerto.
En fallo unánime (causa rol 4.013-2017), la Segunda Sala del máximo tribunal del país —integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Lamberto Cisternas y Jorge Dahm— determinó que el Juzgado de Garantía de Valparaíso y no el Segundo Juzgado Militar de Santiago, es competente para investigar la causa por las lesiones menos graves que sufrió Paulina Estay Barrera.
"Atendido el mérito de los antecedentes, lo informado por la Sra. Fiscal Judicial Subrogante y lo previsto por el artículo 1° de la Ley N° 20.477, se declara que es competente para seguir conociendo de esta causa el Juzgado de Garantía de Valparaíso, a quien deberán remitírsele los antecedentes. Comuníquesele lo resuelto al Segundo Juzgado Militar con asiento en Santiago", sostiene el fallo.
Estay Barrera sufrió, el 21 de mayo de 2015, una serie de lesiones producto del actuar de funcionarios Carabineros, hechos por los cuales dos miembros de la policía uniformada fueron procesados y sobreseídos por la justicia militar.