El ministro en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia Pinto, sometió a proceso y decretó la prisión preventiva de Alejo Esparza Martínez, por su responsabilidad en los delitos de secuestro con grave daño, asociación ilícita y criminal para detener y torturar, y aplicación de tortura de Abelardo Zamorano Barrera, estudiante de quinto año de la carrera de agronomía de la Universidad Católica de Valparaíso.

La resolución (causa rol 948-2006) establece que los hechos ocurrieron "a fines del mes de octubre de 1973, Abelardo Enrique Zamorano Barrera fue detenido por personal militar y civil en la ciudad de Quillota, a la salida de una pensión de estudiantes particulares donde mantenía una pieza siendo conducido a la Gobernación de dicha ciudad."

"Luego de haber sido interrogado y golpeado en la Gobernación de Quillota, la víctima fue trasladada al Cuartel de la Policía de Investigaciones de la mencionada ciudad, lugar donde permaneció dos días esposado de pies y manos, sin ser interrogado ni torturado. Posteriormente, fue llevado a la Comisaría de Carabineros de la misma ciudad y de allí a la Cárcel Pública donde permaneció detenido diez días, aproximadamente. Fue dejado en libertad bajo fianza y obligado a firmar una vez por semana en Carabineros de Quillota".

"Tuvo una segunda detención en Valparaíso para el 25 de marzo de 1974, en dicha ocasión, se encontraba en la plaza de La Victoria y fue conducido al Cuartel Silva Palma por tres personas del Servicio de Inteligencia Naval que vestían de civil. En el recinto naval fue sometido a crueles tormentos e interrogatorios con golpes y corriente eléctrica, incomunicación e inclusive se le privaba de alimento y agua. La mayor parte del tiempo permaneció encapuchado en una celda donde era obligado a escuchar los interrogatorios y torturas de otras personas".

"Luego de permanecer detenido por un mes, aproximadamente, en el Cuartel Silva Palma, bajo fuertes interrogatorios y torturas, la victima Abelardo Zamorano Barrera es trasladada a un campo de detención denominado "Isla Riesco", lugar donde continuó recibiendo maltrato de todo tipo", establece el fallo.

El procesado, una vez notificado del auto de procesamiento, debe ser conducido a los recintos que la Armada designe, para cumplir con la prisión preventiva.