Un total de 5 mujeres de la región de Valparaíso, tendrán una segunda oportunidad debido a que fueron beneficiarias con un subsidio de Asignación Directa (AD) del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, el cual les permitirá acceder a una nueva Vivienda.

Recibieron Subsidios de Asignación Directa de la Seremi Minvu Evelyn Mansilla

Al respecto la Seremi Minvu Valparaíso Evelyn Mansilla, destacó que “en este caso en particular entregamos el Subsidio DS49 del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda para la adquisición de vivienda Construida, por lo tanto ahora el paso a seguir, es que ellas busquen el lugar donde quieren vivir para aplicar este beneficio”.

Caso

“Después de tener un matrimonio de 21 años, me separé, dándome cuenta que había sufrido mucha violencia, lo cual era un círculo vicioso. A través de Sernameg pude llegar hasta el Minvu, quienes esta semana me dieron la noticia más grande de mi vida, podré optar a mi casa propia, después de haberlo perdido todo, era lo que yo necesitaba para mí y mi hija, un hogar. Somos mujeres muy esforzadas las que nos ganamos esto, para seguir adelante”, manifestó Margarita Gallardo, una de las beneficiarias.

“Nos sentimos con el corazón lleno de alegría porque hemos podido darle una segunda oportunidad a 5 mujeres que lo pasaron muy mal y que hoy están muy contentas porque han recibido un subsidio del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de manera directa, lo cual viene a reafirmar nuestro sello: en primer lugar señalar que las personas son lo más importante, y en segundo lugar esto ratifica lo que estamos haciendo como Gobierno del Presidente Sebastian Piñera, que es darle a las mujeres el rol y trato que merecen y ayudarlas en las situaciones más adversas y complejas”, manifestó la autoridad.

El Ministerio de Vivienda y Urbanismo, ha suscrito convenios de colaboración con SENAME – SERNAMEG – SENADIS, por lo cual gran parte de los recursos asignados para AD son utilizados en estos convenios.

Subsidio Asignación Directa

Las Asignaciones Directas, tienen como objeto entregar una solución habitacional, transitoria o definitiva, a aquellos casos que, debidamente acreditados, se encuentren en una condición de marginalidad extrema o configuran una situación de urgencia habitacional, en el contexto que dicha situación resulta compleja para ser superada por la familia con sus propios medios y que requiere ser resuelta en el corto o mediano plazo.

Es importante señalar que los casos que ameriten la entrega de un subsidio habitacional deben estar exclusivamente asociadas a situaciones de urgente necesidad habitacional, tal como lo expresan los respectivos reglamentos, haciendo presente que los motivos únicamente referidos a factores de salud, ingresos económicos, no constituyen causas fundadas por sí solas para la respectiva asignación de recursos. No obstante lo anterior, es atendible complementar las razones habitacionales con situaciones de otra índole, que refuercen los fundamentos para aplicar la facultad, tales como enfermedades catastróficas, discapacidad, presencia de menores y/o adultos mayores, que se vean agravadas por la condición en que habitan las familias.